Las noticias nunca están disociadas de un punto de vista. El enfoque para ofrecer una información, la forma en que el conductor del noticiario presenta una nota o le da contexto, el encabezado que la anuncia, son recursos discrecionales que enmarcan las noticias. Los medios de comunicación nunca son imparciales.
En diciembre de 2016 el Instituto Federal de Telecomunicaciones expidió unos sofisticados Lineamientos para esos derechos. Allí se estableció que en los noticieros, cuando el encargado de informar ofrece una opinión suya, debería advertir “al momento de realizarla, de manera expresa y clara” que se trata de un punto de vista que no forma parte de la noticia.
El Centro de Litigio Estratégico para la Defensa de Derechos Humanos presentó otro amparo que, ya en la Corte, fue resuelto por la Primera Sala el pasado 19 de enero. La consecuencia más notoria de esa sentencia es que se restituye la obligación para diferenciar opinión de información. La sentencia establece: “es la recepción de información de manera imparcial la que maximiza las finalidades por las cuales la libertad de obtenerla, difundirla y recibirla es una libertad prevaleciente en una democracia constitucional”.
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