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En el marco de la reforma constitucional mexicana en materia de derechos humanos del año 2011, se modificó el texto del artículo 11 constitucional y se expidió la Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político. Esto significó un importante avance normativo en el tema de protección internacional; sin embargo, aún existe una gran brecha entre lo estipulado en la ley y lo que sucede cotidianamente en la práctica.
De igual forma refieren que, aunque se hayan acercado a autoridades como el Instituto Nacional de Migración o la Secretaria de Relaciones Exteriores, en ningún momento fueron asesoradas al respecto; simplemente les refieren que no son autoridades competentes, pero no los orientan sobre las facultades con las que cuenta COMAR ni cuál es el procedimiento a seguir.
En el mejor de los casos, algunas personas logran superar estos y muchos obstáculos más, normalmente con apoyo de algún abogado o abogada, y les admiten el inicio de trámite de su procedimiento de reconocimiento de la condición de refugiadas. Sin embargo, no todas las personas corren con dicha fortuna.
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