prohibió un producto médico y varios alimentos en escabeche, según fue publicado este miércoles en el Boletín Oficial.
En primer lugar, la Disposición N°7853 prohibió el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional de un aerosol para inhalación, producto rotulado comodado que se desconoce su origen, condiciones de elaboración y contenido siendo en tanto peligroso para la salud de los pacientes.
La Anmat advirtió que al no poder identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el artículo 9° de la Ley 18284.
"Chivito en escabeche deshuesado", RPPA: 050008853, Carpincho en escabeche deshuesado, RPPA: 050008852,"Ciervo en escabeche deshuesado", RPPA: 050008856,"Jabalí en escabeche deshuesado", RPPA: 050008855,"Vizcacha en escabeche deshuesado", RPPA: 050008854, todos marca"El Sauce", Alimentos Regionales, RPE N° 05000235, elaborado y fraccionado por Establecimiento El Sauce, Avda. Los Constituyente S/N, Sauce, Corrientes, como asimismo todo producto del RPE N° 05000235, por las razones expuestas en el Considerando".
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