El Servicio de Administración Tributaria niega la devolución de impuestos tras presentar la declaración anual a ciertas personas; entérate para estar informadocorrespondiente al ejercicio 2023 y es necesario que tengas toda la información a tu alcance para que la hagas en tiempo y forma, sin ninguna dificultad, todo con el objetivo de tener sanas tus finanzas personales y también de cumplir con tus obligaciones fiscales.
Presenten la declaración anual normal o complementaria, del ejercicio fiscal anterior, no habiendo elegido opción de devolución. Se trate de contribuyentes cuyos datos estén publicados en el Portal del SAT, al momento de presentar su declaración anual de conformidad con lo dispuesto en los párrafos penúltimo, fracción III y último del artículo 69 del CFF, así como a los que se les haya aplicado la presunción establecida en el artículo 69-B del mismo Código, una vez que se haya publicado en el DOF y en el Portal mencionado el listado a que se refiere el cuarto...
Soliciten la devolución con base en comprobantes fiscales expedidos por los contribuyentes que se encuentren en la publicación o el listado a que se refieren los artículos 69 o 69-B del CFF. Al contribuyente se le hubiere cancelado el certificado emitido por el SAT de conformidad con lo establecido en el artículo 17-H, fracción X del CFF, durante el ejercicio fiscal anterior.En La Razón enviamos a tu celular lo más importante de México y el mundo, recuerda que una persona informada siempre tiene La Razón.
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