Esto debido a que en la reforma a la Ley de Hidrocarburos publicada en mayo del 2021 se dieron por terminadas las facultades de la Comisión Reguladora de Energía para emitir una regulación asimétrica en materia de ventas de primera mano de hidrocarburos.
De origen, las empresas ganaron el amparo y el juez de distrito que concedió la protección federal le dio efectos generales a su sentencia, es decir, ordenó dejar sin efectos el artículo transitorio que elimina las facultades de la CRE para emitir estas regulaciones asimétricas y el acuerdo A/015/2021 en el que dejó sin efectos todas las resoluciones que emitían estas medidas en contra de Pemex y sus organismos subsidiarios.
“El Congreso excedió su competencia porque constitucionalmente no está facultado para determinar si en cierto mercado se ha alcanzado un desarrollo eficiente y competitivo. Así, mientras que en el texto del transitorio original el Poder Legislativo desarrolló una competencia del órgano regulador, en la reforma el Congreso decidió asumirla como propia.
“Al tratarse de la inconstitucionalidad de un acto que tiene repercusión en el mercado de hidrocarburos y finalmente en la sociedad en general, esta Sala estima adecuado que el juzgador haya establecido una modulación al principio de relatividad de las sentencias para la concesión del amparo y que la CRE deje insubsistente el acuerdo A/015/2021, que elimina todas las medidas asimétricas establecidas en contra de Pemex”, indicó el ministro.
México Últimas Noticias, México Titulares
Similar News:También puedes leer noticias similares a ésta que hemos recopilado de otras fuentes de noticias.
Fuente: lasillarota - 🏆 52. / 51 Leer más »
Fuente: lasillarota - 🏆 52. / 51 Leer más »
Fuente: El_Universal_Mx - 🏆 7. / 80 Leer más »
Fuente: Milenio - 🏆 9. / 77 Leer más »
Fuente: LaRazon_mx - 🏆 13. / 72 Leer más »
Fuente: AristeguiOnline - 🏆 43. / 51 Leer más »