Con esta acción se deroga el último párrafo del artículo 129 de la Ley de Amparo reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Mexicana y adiciona un último párrafo al artículo 148 constitucional que queda de la siguiente manera: “Tratándose de juicios de amparo que resuelvan la constitucionalidad de normas generales, en ningún caso las suspensiones que se dicten fijarán efectos generales”.
“Quiero decirle al pueblo de México, que no crea las mentiras de la oposición. El proyecto que hoy se presenta, no busca limitar, ni reducir o restringir el efecto protector y garantista del juicio de amparo, justo porque el juicio de amparo, es el recurso judicial más efectivo con el que cuentan las y los ciudadanos para defenderse de los actos de la autoridad que considera excesivos o arbitrarios”, afirmó.
Francisco Javier Huacus, coordinador del Partido de la Revolución Democrática señaló que, esto le quitará facultades alpero también ata de manos la inconformidad de la ciudadanía de nuestro país, al quitarles la única herramienta que sirve como protección instantánea y temporal de los derechos de la gente.
Juan Ramiro Robledo, reconoció que la iniciativa del ejecutivo federal tiene dos intenciones, una jurídica y otra política.
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