Sala de de sesiones de la SCJN en imagen de archivo.
Ambos órganos constitucionales autónomos presentaron desde enero del año pasado sendas acciones contra la LFRSP, en ese entonces el ministro Alberto Pérez Dayán le otorgó la suspensión, hasta en tanto la SCJN no resuelva estos juicios constitucionales, debido a ello ni el Ifetel ni la Cofece se deben sujetar a un límite para el salario de sus funcionarios.
Este jueves, la SCJN también emitió tres acuerdos, en donde se niega la suspensión provisional solicitas por el Ifetel, la Cofece y el Banco de México , en contra de los tabuladores salariales contenidos en el PEF 2020, sin embargo, continúan vigentes las suspensiones que ya tenían en contra de la LFRSP.
El primer argumento de esto es que, aunque en el fondo en todas las acciones se impugna la aplicación de la LRSP, a estas alturas del año no ha habido una aplicación concreta de los anexos del PEF, por lo que no puede otorgarse una suspensión en contra de actos futuros.
SCJN ifetel cofece Ya perdió el amparo el Banxico también lo perderan cofecemx e ifetel AMLO SE LAS APLICÓ, no podrán ganar más que él MORENA VA
SCJN ifetel cofece Que simbergüenzas!!!
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