23 de noviembre de 2022El Juzgado de Primera Instancia número 1 de Ourense ha decidido desatender la demanda de una familia por la propiedad de la finca y las ruinas del monasterio de Santa Comba de Naves, en ese mismo término municipal. Pese a que la Iglesia informó a la Xunta de Galicia de que el predio -9.
Las contradicciones de la Iglesia, patentes durante los meses de 2015 y 2016 en los que se completó la compraventa de Santa Comba de Naves, no cuentan en la sentencia. El juez constata que la Diócesis de Ourense inmatriculó la finca en abril de 2015 y que posteriormente la vendió, pese a conocer las reclamaciones de los denunciantes. Ya lo había intentado en 1992, pero un miembro de los demandantes aportó los documentos y el proceso se paralizó. Esta vez no.
La sentencia, con todo, señala que la demandante “ejercitó la acción de dominio frente al comprador de la finca, no frente a la Diócesis de Ourense, en consecuencia el tercer adquiriente de buena fe goza de la protección establecida por l Ley Hiptecaria”. No niega el conflicto en relación a la titularidad de terreno y ruinas entre la familia y la Iglesia, pero viene a decir que la denuncia no se dirigió a quien debía.
al amparo de una ley aprobada por el primer gobierno de José María Aznar. El actual Ejecutivo de coalición entre PSOE y Unidas Podemos negoció con la institución y esta admitió que 965 de esas propiedades no le pertenecían. Y que había vendido 122 viviendas y fincas que puso indebidamente a su nombre. La Iglesia no admitía que Santa Comba de Naves sea una de ellas y la Justicia le da, inicialmente, la razón.
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