Conteo de votos para Senado y Cámara de Representantes. Elecciones de marzo 13 para Congreso y consultas. Bogotá, marzo 13 de 2022.
Con ponencia, la Corte Constitucional deja claro que el derecho al sufragio no solo comprende la posibilidad de que cada persona pueda ejercerlo, sino “encaminadas a que dicho ejercicio se concrete, a través de una adecuada, consciente y eficiente organización electoral que facilite su realización”. “En esa dirección, la eficacia del derecho depende de que las autoridades emprendan acciones idóneas que permitan, entre otras cosas, que los ciudadanos puedan concurrir a las mesas de votación”, indicó la Sala.
El Alto Tribunal explicó que la Registraduría desconoció los derechos a la participación y al debido proceso de los jóvenes, debido a que no justificó su decisión de no instalar puestos de votación en el corregimiento de San Fernando.
I Llamado de atención a la Registraduría Nacional para que garantice el derecho a la participación y al sufragio de los jóvenes que habitan en zonas rurales.