Mediante la ley 2097 de 2021 se creó el registro de deudores alimentarios morosos, identificado con la sigla REDAM, para reportar a quienes entren en mora el pago de las cuotas alimentarias que han asumido o se le han impuesto,, sean estas sucesivas o no y una de las consecuencias es que no podrán hacer contratos ni ser empleados por entidades del Estado.
El portal recuerda que las cuotas alimentarias son los montos fijados mediante una sentencia judicial producto de un acuerdo de conciliación entre las partes de una pareja divorciada. “De hacer público el registro de quienes han violado los compromisos de alimentos, también es importante para poner en el escarnio público a quien no quiere cumplir su responsabilidad con sus hijos”, dijo el presidente Iván Duque cuando firmó la ley, este 20 de julio, que pretende reforzar la protección de los derechos de los niños.
“El acreedor de alimentos deberá solicitar el registro ante el juez y/o funcionario que conoce o conoció del proceso y/o de alimentos quien, previo a ordenar la inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, deberá correr traslado de la solicitud al deudor alimentario que se reputa en mora por cinco días hábiles, al término de los cuales resolverá sobre la procedencia o no de la misma, con fundamento en la existencia o no de una justa...
Por eso es mejor condón para no tener mocosos
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