La ley 270 de 1996, Estatutaria de la Administración de Justicia, parece que le habló al viento cuando especificó que la Justicia debe ser “pronta, cumplida y eficaz”. Esta ley también especifica que los “términos procesales serán perentorios y de estricto cumplimiento por parte de los funcionarios judiciales” y que “su violación injustificada constituye causal de mala conducta, sin perjuicio de las sanciones penales a que haya lugar”.
Como las sanciones solo se constituyen cuando el incumplimiento no está justificado, supongo que la tardía, incumplida e ineficaz justicia que sufrimos está ampliamente justificada. Hay que desmontar la actual normalización de la injusticia por mora que se ha enraizado, sin que nadie se ocupe. Parecería que los jueces, magistrados, litigantes y ministros de Justicia ven normal que un proceso se mantenga en trámite por 6, 8, 10 y más años.
Por si no lo sabían, dejarles claro que las víctimas, viven en peligro y sufren inmensamente esperando que les atiendan sus demandas. También los legisladores deben ayudar, tomándose el trabajo de redactar claramente las leyes, para que por una coma mal puesta no se llenen los juzgados de pleitos. Vergonzoso el desaire de los nuevos congresistas cuando, en la capacitación previa a su posesión, no escucharon a la especialista que vino desde Chile para hablar sobre la importancia de que los textos de las leyes estén bien estructurados.
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