La Corte Constitucional protegi\u00f3 los derechos al m\u00ednimo vital, la estabilidad laboral reforzada, la seguridad social y la vida digna de una mujer de 26 a\u00f1os embarazada, quien fue despedida a pesar de hab\u00eda avisado a su empleador de su estado mediante un mensaje de WhatsApp.Al estudiar una tutela, el alto tribunal dijo que estos mensajes s\u00ed tienen un valor\u0026nbsp; probatorio que el juez debe determinar al analizar todo el caso y bajo la presunci\u00f3n de buena fe.
Al revisar una tutela que present\u00f3 la mujer, la Corte Constitucional dijo que contrario a lo que hab\u00eda dicho la empresa, esta s\u00ed sab\u00eda del estado de embarazo de la trabajadora y por eso, le \u0022otorg\u00f3 un nivel de protecci\u00f3n fuerte y le orden\u00f3 a la empresa reconocerle licencia de maternidad, pagarle los salarios dejados de percibir desde el momento de su desvinculaci\u00f3n y reconocerle una indemnizaci\u00f3n de 60 d\u00edas de trabajo\u0022.
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