Esta decisión la tomó la sala tras negar los recursos de apelación presentados por los abogados del exjefe del ‘Clan del Golfo’ el pasado 25 de marzo, fecha en la que ‘Otoniel’ fue rechazado por esta jurisdicción, al determinar que no logró aportar pruebas suficientes que lo acrediten como un tercero colaborador civil.
Esto quiere decir que la JEP no tiene competencia sobre los hechos por los cuales ha sido procesado en la justicia ordinaria. A esta misma conclusión llegó la Sección de Apelación tras determinar que, aunque ‘Otoniel’ argumentó que, después de su desmovilización de las AUC en el 2006 y hasta 2009 había colaborado a miembros del Ejército Nacional y del DAS en la comisión de múltiples delitos, al tiempo que había promovido la conformación de grupos paramilitares, este mantuvo su condición de paramilitar.
“Prueba de ello es que siguió delinquiendo en el periodo de tiempo mencionado de una forma tan cercana con los grupos de “autodefensas” sucesores de las AUC, que en el 2009 fue reconocido como cabeza de las AGC, no como un simple integrante de las mismas”, dice la Sección de Apelación.
Y entonces porque querían que no lo extraditaran
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