El Juzgado 13 Civil Municipal de Cartagena emitió el fallo en primera instancia y dio un plazo de 48 horas a los propietarios de un bar restaurante ubicado en el centro histórico de la ciudad para que invalide la suspensión del contrato de uno de los empleados.
Según indicó el trabajador, solicitó que se le tuviera en cuenta el derecho a la vida digna, al mínimo vital y al trabajo, pues afirmó que es el único ingreso de la familia que depende de él.Por su parte, la defensa de la empresa afirmó que la medida fue tomada luego de que tanto la Alcaldía como el Gobierno suspendieran los eventos. Señala que la empresa básicamente fue cerrada y anunció que el fallo fue impugnado.
“Esta tutela refuerza un mensaje que se ha enviado por parte del Gobierno Nacional y es que el escenario que se tiene que evitar a toda costa y es de la suspensión de contratos laborales sobre todo cuando vienen sin autorización del Ministerio de Trabajo”. Explicó que los trabajadores y empleadores pueden llegar a acuerdos para la diminución en el plazo en el que se pagan los sueldos o en el monto.“Pero suspender un contrato laboral y dejar sin un mínimo vital a un trabajador no es viable y tampoco deseable en esta coyuntura”.
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Jajajajaja ja el dueño de Esa empresa le va a cojer un poquito de fastidio a ese man.
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