“Con este criterio unánime, a partir de ahora no se podrá, sin violar el criterio de la corte y la constitución, procesar a mujer alguna que aborte”, dijo el presidente de la corte, Arturo Zaldívar.
El pleno de la corte sesionó durante 2 jornadas para discutir un recurso de inconstitucionalidad contra artículos del código penal del estado de Coahuila queEstos artículos fueron declarados inconstitucionales con el voto de los 10 magistrados presentes, lo que sienta jurisprudencia, es decir que los jueces de todo el país deberán aplicar el criterio establecido por este fallo.
, es decir que no se establece, como se esperaba, un plazo de determinadas semanas para interrumpir el embarazo.los estados son autónomos para dictaminar sus leyes, pero estas quedan invalidadas, a través de los amparosUna fuente judicial explicó que esta sentencia tiene alcance nacional ya que permitiría que mediante un recurso de amparo mujeres que residen en estados donde está penalizado el aborto puedan acceder al mismo por orden de un juez.
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Histórico: Corte Suprema de México declara inconstitucional penalizar el abortoLa práctica era sancionada hasta con 3 años de cárcel y que quedó sin efecto al ser declarados inconstitucionales los artículos que lo penalizaban. Que diferencia se magistrados muy bien por México, dan un paso más a la civilización, aquí en Colombia, el país del sagrado corazón, en donde el que paca y reza empata, en donde se invocan a las vírgenes para resover problemas de estado, en donde un congreso corrompido impide avanzar para no perder votos. Un aborto la muerte atroz de un inocente , que no se llora, ni se entierra ,tiene cuerpo, ni se valora, ni es defendido por un pro a la vida fetal el ginecólogo, ni se mira a veces si sigue vivo, ni se saca de la bolsa fetal ,ni se le pone nombre , ni mamá que de la vida por el.
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