La Sala Plena concluyó que la entidad no demostró un impacto fiscal grave y las propuestas violaban la Constitución.Lunes, 27 de Mayo de 2024La Corte Constitucional negó la solicitud de incidente de impacto fiscal presentada por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público en relación con la Sentencia C-489 de 2023.
4. Diferir los efectos a partir del 1 de enero de 2024, permitiendo que el mayor valor del impuesto se reconociera como descuento en cuotas iguales entre los años gravables 2024 y 2026.concluyó que el Ministerio de Hacienda no presentó pruebas suficientes para demostrar que la Sentencia C-489 de 2023 generaría alteraciones graves en la sostenibilidad fiscal del país
. Además, las propuestas de modulación presentadas por el Ministerio fueron consideradas inconstitucionales ya que, según el artículo 334 de la Constitución, ninguna medida derivada de un IIF puede menoscabar los derechos fundamentales protegidos por la sentencia, restringir su alcance o negar su protección efectiva.La decisión final de la Corte fue negar la solicitud del incidente de impacto fiscal.
La Corte dejó en claro que en contra de esta decisión procede el recurso de insistencia, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 13 de la Ley 1695 de 2013.La votación de la Sala Plena mostró diferencias entre los magistrados. El magistrado Juan Carlos Cortés González salvó su voto, mientras que la magistrada Natalia Ángel Cabo aclaró su voto.
Corte Constitucional IIF Ministerio De Hacienda Decisión Tribunal Regalías Impuesto
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