La fotógrafa Diana Quirós denunció pública y penalmente a su colega Daniel Alexander Buitrago Cruz, quien la habría abusado sexualmente, luego de suministrarle una sustancia psicoactiva conocida como “polvo de ángel”. Cruz no aceptó los cargos, sin embargo, deberá defenderse bajo privación de la libertad, por orden de un juez de control de garantías.
Una noche antes del matrimonio, Diana Quirós y Alex Cruz pactaron hospedarse en el apartamento de la “hermana del fotógrafo” en Bogotá y, en la madrugada del 27 de febrero, partir rumbo a Villa de Leyva. Sin embargo, cuando ambos llegaron al edificio, la fotógrafa asegura que en el apartamento se encontraba un hombre, quien se identificó como el hermano del capturado y luego se fue de lugar.
Para la representante de la Fiscalía, Cruz actuó con dolo, es decir, con voluntad e intención de violentar a su compañera. El ente investigador, además, informó que el fotógrafo no tiene antecedentes judiciales y que haciendo una estimación, Alex Cruz se podría enfrentar a una posible condena de entre 16 y 30 años de prisión por el delito de acceso carnal violento en contra de Diana Quirós.
“Me desperté. Alex estaba desnudo encima de mí, sentí que me estaba hogando, me estaba penetrando vaginalmente, lo empujé y salí corriendo. Me metí en la habitación de al lado y la ropa que yo vestía en estaba en esa habitación, entonces me vestí. Llamé a una amiga en Australia y me pidió un servicio de Uber. Salí de la habitación y Alex estaba fuera, estaba sin camisa, no recuerdo si tenía ropa de la cintura para abajo.
La segunda mujer, cuyo testimonio se conoció en la tarde noche de pasado lunes, 8 de marzo, día en el que fue capturado Alex Cruz, es Lady Mora Sánchez. Ella, quien sí instauró una denuncia, relata que fue novia del fotógrafo entre 2017 y 2018, y que sufrió maltrato físico y psicológico por parte de este hombre.
El representante del Ministerio Público, Edgar Mauricio Cancino, respaldó la petición de la Fiscalía y, a su consideración, “resulta un poco incoherente el hecho de que se estudie la posibilidad de imponer una medida no privativa frente a la comisión de un delito que ataca la libertad, integridad y formación sexual de una mujer”.
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