El Banco Central publicó este viernes la Comunicación A 7606 con la que reglamentó las “adecuaciones” de las normativas que fueron decididas en la reunión de directorio del jueves para darle otra vuelta de rosca al cepo cambiario, en medio de una fuerte escasez de divisas y de reservas internacionales a la que está costando recuperar.
Esas personas humanas no podrán acceder al mercado de cambios para realizar compras de moneda extranjera para la formación de activos externos de residentes, remisión de ayuda familiar y por operaciones con derivados.Tampoco estas personas podrán realizar las operaciones de contado con liquidación ni dólar MEP.
Tras las nuevas restricciones, los distintos tipos de cambio escalaban este viernes. El denominado dólar MEP subía 2%, a 292,58 pesos y el contado con liquidación ascendía 1,3% a 299,22 pesos.El Banco Central también estableció nuevas medidas para el pago de servicios prestados a un residente por parte de una empresa o persona del exterior. Para ello, la autoridad monetaria reemplazar los incisos e) y f) del punto 3.1.
Ahora el cliente accede en forma simultánea con la liquidación de un nuevo endeudamiento financiero con el exterior con una vida promedio no inferior a los 180 días y como mínimo el 50% del capital tenga vencimiento con posterioridad a la fecha de prestación efectiva del servicio más un plazo de 90 días.
Asimismo, desde ahora el cliente accede con fondos originados en una financiación de importaciones de servicios otorgada por una entidad financiera local a partir de una línea de crédito comercial del exterior con una vida promedio no inferior a los 180 días y como mínimo el 50% del capital de la financiación tenga fecha de vencimiento con posterioridad a la fecha de prestación efectiva del servicio más un plazo de 90 días.
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