y la autorizó a suspender preventivamente a los exportadores que no liquiden divisas. La resolución se produjo luego de unacontra la Administración Federal de Ingresos Públicos de una empresa de Entre Ríos, que pedía la inconstitucionalidad de una instrucción determinada por el organismo.
En caso de que se demuestre el incumplimiento, la norma dice que el agente a cargo del registro intimará al exportador para que,, proceda a liquidar las divisas correspondientes. En caso de no hacerlo, seráA través de un informe, la entidad destacó que “ante el BCRA y lo dejan en el exterior o lo convierten al tipo de cambio de contado con liquidación”.
Los plazos para liquidar las divisas van de los 15 días, en el caso de la soja, desde el permiso de embarque, hasta 180 días, en economías regionales. En ese contexto, el organismo dictó laen la que establece pautas a seguir en aquellos casos en que los Exportadores no efectúen el ingreso oportuno de divisas.
la falta de controles eficientes respecto de las falsas empresas exportadoras llevó a un crecimiento exponencial de carpetas que simulan operaciones de exportaciónEl funcionario dijo que y respalda nuestro accionar que tiene un objetivo que es defender las reservas para la industria nacional y la generación de empleo”.
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