La Administración Federal de Ingresos Públicos reglamentó la extensión del régimen de créditos a tasa cero para monotributistas y trabajadores autónomos, que podrán solicitarlo hasta el 30 de septiembre, un plazo adicional de 60 días.
De esta manera, con la extensión, a los que se les otorgue el primer financiamiento en agosto lo desembolsarán entre septiembre y noviembre; los que lo reciban en septiembre, entre octubre y diciembre, y a los que se les acredite en octubre, entre noviembre de 2020 y enero de 2021. De esta manera, se estima que el volumen total del financiamiento alcanzará los $ 57.000 millones, que se acreditarán en las tarjetas de crédito en tres desembolsos sucesivos e idénticos.
Los monotributistas deberán haber verificado entre el 12 de marzo y el 12 de abril que sus ingresos cayeron en la comparación interanual por debajo del promedio mensual del ingreso bruto mínimo de la categoría en la que se encuentre registrado, mientras que para los autónomos no debieron haber subido más de un 5% entre el 20 de marzo y 19 de abril.
¿Cómo tramitar el crédito a tasa cero? El trámite se inicia en la página web de la AFIP. Allí los contribuyentes deben indicar el monto pretendido, los datos de su tarjeta de crédito y un correo electrónico. Es necesario contar con clave fiscal con nivel de seguridad 2 y tener registrado un domicilio fiscal electrónico.
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