Todo lo que debes saber sobre las incapacidades por Covid-19, en todas sus versiones

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¿Te dio Covid19? 😷 TomaNota de todo lo que debes saber sobre las incapacidades por la enfermedad:

Las personas trabajadoras que no puedan acudir a su trabajo a causa de esta enfermedad recibirán un “subsidio económico delcon el cual cotizan ante el IMSS”, señala en entrevista la laboralista Lesly Corona Hinojosa. Pero, además, “los tres primeros días no tienen derecho a ningún sueldo y el patrón no está obligado a pagarlo porque es una enfermedad no profesional”.

La maestra en Derecho Laboral recomienda revisar constantemente estar dada de alta en el Seguro y estar al pendiente del historial de semanas cotizadas.también benefició en ese sentido, a veces los trabajadores no se enteraban que entraban y salían del IMSS, pues muchas empresas delos inscribían bajo una razón social y a los pocos meses, en otra.

El artículo 97 de la LSS dice que para tener derecho al subsidio económico hay que tener cubiertas “por lo menosinmediatamente anteriores a la enfermedad”. O seis cotizaciones semanales en los últimos cuatro meses anteriores, para el caso de eventuales.del último salario diario de cotización”, cuando se trate de una incapacidad por enfermedad no profesional, indica el artículo 98 de la LSS.

Desafortunadamente, en México muchos trabajadores no están dados de alta con el salario que realmente perciben, sino con uno menor” y sobre esa mínima cantidad se calculará el pago correspondiente a la incapacidad, lamenta Lesly Corona. El problema que acarrea esa conducta ilegal de muchos centros de trabajo no sólo incide en que la trabajadora o el trabajador recibirá un subsidio insuficiente en un momento en el que requiere de un buen ingreso para atender su salud. Si por las secuelas de la covid-19, en este caso, sufriera una discapacidad permanente o incluso la muerte, su pensión se tasaría con base en ese bajo sueldo reportado al instituto.

 

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