o, en el peor de los caso, ser condenadas hasta 60 años cuando se les imputa el delito de homicidio. Además de las penalidades de privación de libertad, se prevén penas accesorias como el pago de multas que pueden ir desde las 20 a 300 Unidades de Medida y Actualización y reparaciones del daño que en algunos casos exceden de los 500 mil pesos. Estas penas, además fijadas siempre en favor del progenitor del producto de la concepción.
Mientras prevalezca la criminalización del derecho de las mujeres a decidir sobre su propio cuerpo y, peor aún, que se respalde a través de tipos penales como el aborto, infanticidio y homicidio en razón de parentesco, lamentablemente —y cada vez con más frecuencia—, tendremos en las prisiones a personas que están allí por el simple hecho de ser mujeres.
En el mismo orden de ideas, la judicialización de los casos tanto de aborto, ya sean inducidos o espontáneos, como homicidios calificados, develan una espantosa realidad del sistema de justicia en México: pone en evidencia que lejos de tener la intención de imponer sanciones coherentes que respondan al objetivo del derecho penal y al respeto máximo a los derechos humanos, la motivación de las actuaciones de agentes ministeriales y judiciales, es el castigo de las...
Desde ASILEGAL hemos acompañado una serie de casos en los que hemos identificado la existencia de patrones generalizadas en el contexto de vida de las mujeres que son criminalizadas a través de estos tipos penales.
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