Ciudad de México.
La ministra consideró que muchas interpretaciones difundidas en redes sociales sobre esta jurisprudencia son una “ensalada confusa, amarga y además venenosa”. En todos los casos se les negó el cambio, por lo que promovieron sendos amparos basados en el derecho fundamental a la identidad personal, reconocido en la Constitución y en tratados internacionales, el cual ha servido de fundamento para modificar el género en las actas de nacimiento cuando su titular sostiene que ha cambiado su orientación.
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