por el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya a seis meses de inhabilitación para cargo público por un delito de desobediencia, en una sentencia hecha pública en diciembre pasado y que aún no es firme. La JEC considera ahora que debe correr la lista y entrar a la Cámara la candidata que precedía a Juvillà por Lleida, en este caso Nogay Ndiaye.
Pese a las similitudes con el caso de Quim Torra, la Junta Electoral ha actuado ahora de forma ligeramente diferente.
La Junta considera, por tanto, que"aun cuando el legislador haya tipificado como causa de inelegibilidad este supuesto", tal y como estableció el Constitucional en una sentencia de 1983,"se trata de un supuesto de incapacidad electoral absoluta que, una vez accedido al cargo electivo, supone su cese".
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