El juez 6 Administrativo del Circuito de Bogotá declaró la nulidad del artículo 91 del Plan Distrital de Desarrollo, que autorizaba la creación del Operador Público de Transporte de Bogotá para Transmilenio. Este mismo despacho había decretado la suspensión provisional del operador el pasado 28 de mayo, decisión que fue revocada por la Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca el 20 de septiembre.
El argumento del juzgado se basó en la falta de estudios previos que justificaran la creación del operador público de transporte al momento de presentación del proyecto de acuerdo del Plan Distrital de Desarrollo. Sin embargo, el distrito anunció que apelará en segunda instancia la decisión del juez: “a juicio del Distrito, el juez está aplicando erróneamente el artículo 69 de la Ley 489 de 1998, pues dicha disposición solo aplica para la creación directa de entidades por parte del Concejo de Bogotá, y en el caso del Operador Público de Transporte lo que se otorgó fue una autorización para su creación, por ser una entidad descentralizada...
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En plena madrugada, así asaltaron violentamente a un hombre en el sur de BogotáLos hechos ocurrieron en la localidad de Puente Aranda en la transversal 53 Bis con calle 1. Por eso ve la estrategia esta clara a todas estas ratas hay que darlos de baja para poder garantizar el bienestar de los ciudadanos ,De resto la tal seguridad Democrática del titere mitomano de Duque siempre seguirá siendo otro fraude mas del centro demoniaco
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