Corte reitera los casos en los que EPS puede costear cirugía estética

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La Corte Constitucional recordó que solo hay un caso en el que una EPS está obligada a realizar una cirugía reparadora o funcional en el busto de una ...

La Corte Constitucional recordó que solo hay un caso en el que una EPS está obligada a realizar una cirugía reparadora o funcional en el busto de una mujer.

Al recibir este diagnóstico por su médico, en octubre de 2018, Liliana radicó ante la EPS la solicitud para que le autorizaran dicha intervención, y tuvo respuesta hasta diciembre del mismo año en la cual le negaban el procedimiento, debido a que éste era de carácter estético y no podía ser cubierto.

En segunda instancia, el caso llegó a manos de Bernal, quien ratificó la decisión del juez de Popayán, pero, además, recordó varias situaciones. La primera de ellas es que si bien, de acuerdo a una resolución, existen dos tipos de cirugías en el país, ambas tienen fines diferentes. La primera de ellas es la estética o de embellecimiento y la segunda es reparadora o funcional.

Para este caso, el magistrado señaló que a pesar de que existe una orden del médico tratante que prescribe la intervención quirúrgica, su diagnóstico no permite inferir de manera necesaria que la cirugía plástica sea de carácter reparadora o funcional y que el riesgo de consumación del daño a su salud sea alto.

 

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