Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Push Noticias Caracol
Reciba nuestras notificaciones con lo último de:
Ahora no
Activar

Publicidad

Si un empleado no está vacunado, ¿lo pueden despedir?

El ministro de Trabajo aclara las dudas que surgieron luego de que se declarara obligatorio que los trabajadores que tengan contacto con público estén inmunizados.

¿Pueden despedir a un empleado que no esté vacunado?

El ministro de Trabajo, Ángel Custodio Cabrera, habló sobre la circular expedida por su cartera en la que se vuelve obligatorio que cualquier empleado de establecimientos que brinden servicio al cliente debe estar vacunado contra el COVID-19.

Todos los empleadores, para efecto de que cumplan su labor en aquellos sitios donde se atiende público, donde se exige el carné de vacunación para ingresar a esos establecimientos, sus trabajadores tienen que tener el carné de manera obligatoria”, dijo el funcionario, al recalcar que actualmente “el gran porcentaje de los que están falleciendo son los que no se han vacunado”.

Estos sitios son: gastrobares, restaurantes, conciertos, cines, discotecas, casinos, bingos, escenarios deportivos, museos, bancos, notarías, parqueaderos, servicios de correspondencia, oficinas públicas que presten servicio al ciudadano, lavaderos de carros, estaciones de servicios, salas de ventas, plazas de mercado y centros comerciales.

Según el ministro, “el objetivo primordial de esta circular es preservar la vida de los colombianos, salvar muchas vidas”, por eso volver obligatorio que el empleado esté vacunado es darle a la empresa “un instrumento para que pueda reactivarse económicamente”.

Publicidad

Subrayó que el Gobierno no está “pidiendo el esquema de vacunación completo, con vacuna reforzada ni nada por el estilo. Queremos que inicie su certificado de vacunación”.

¿Pero un empleado que no esté vacunado puede ser despedido?

Publicidad

Cabrera aseguró que “con esta medida no estamos cambiando las reglas del Código Sustantivo del Trabajo, ni estamos creando una nueva modalidad de causa justa de despido, ni nada por el estilo. Estamos es preservando el derecho a la vida de los colombianos”.

Sin embargo, el empleado que no esté vacunado debe acatar la “orden del Ministerio del Trabajo, entonces es cumplir un acto administrativo y por obvias razones tiene ese instrumento para hacerlo”, dijo.

Sobre las incapacidades médicas para quien tenga COVID-19, afirmó que el “trabajador que tenga positivo, donde se le ordene aislamiento obligatorio los 7 días, esos 7 días se tienen que reconocer por el sistema”.

Sin embargo, las dudas que tienen los ciudadanos sobre el tema, recalcó, se resolverán con otra circular que se emitirá en las próximas horas por el Ministerio de Salud.

Publicidad

  • Publicidad