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Guerrilla Farc. Guerrilleros hacen recorrido en el  pueblo. Ene 2000
- | Foto: Guillermo Torres, Semana

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Fiscalía deberá reparar a las familias de nueve personas señaladas injustamente de pertenecer a las FARC

La orden la acaba de proferir el Consejo de Estado, que además ordenó el pago por más de 770 millones de pesos.

30 de noviembre de 2021

El Consejo de Estado acaba de emitir una condena histórica en contra de la Fiscalía. El ente investigador deberá pagar más de 770 millones de pesos a las familias de nueve personas injustamente señaladas de colaborar con las FARC. El fallo pide también a la Fiscalía redactar un comunicado en el cual ofrezca excusas a las víctimas y coordinar con ellas si hace público el texto y lo difunde a través de sus canales de comunicación.

El caso inició con la demanda que presentaron las nueve personas señaladas de pertenecer a las FARC y sus grupos familiares, en ejercicio del medio de control de reparación directa. A través de él, buscaban obtener –explica el Consejo de Estado– un resarcimiento económico de más de 12.300 millones de pesos, pues, a su juicio, la detención de estas personas había sido injusta y habría causado un daño que no estaban en el deber jurídico de resistir, lo que, en su criterio, conducía a la reparación ya referida.

Estas personas aparecían en un informe del Cuerpo Técnico de Investigación de la Fiscalía (CTI), en el cual se señalaba a persones de los municipios de Gutiérrez, Une y Nazareth (Cundinamarca) de colaborar con el Frente 51 de las FARC. Los demandantes fueron detenidos el 12 de mayo de 2004 y presentados por el Ejército Nacional ante distintos medios de comunicación como presuntos integrantes de la organización armada. Recuperaron su libertad el 31 de mayo siguiente, pues no se les decretó medida de aseguramiento. Finalmente, el 5 de abril de 2005 se precluyó la investigación a favor de los procesados.

Sede Bunker Fiscalía Bogotá
Sede búnker Fiscalía Bogotá | Foto: Fiscalía

En primera instancia, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca negó las pretensiones. Los demandantes apelaron la decisión con la intención de que el Consejo de Estado resarciera los daños. Señalaron que la decisión de la Fiscalía “se basó en un informe de inteligencia que contenía datos equivocados y testimonios poco creíbles, al punto que la Fiscalía ordenó investigar a quienes los ofrecieron”. Se afirmó en la sentencia que las víctimas fueron expuestas ante medios de comunicación con material de guerra que ni siquiera se les incautó.

Finalmente, en este nuevo fallo, el Consejo de Estado les concedió las pretensiones de la demanda. Para esta alta corte, las determinaciones que condujeron a la privación de la libertad de los procesados se ajustaron a derecho, pues fue con base en los testimonios allegados al caso que se les vinculó para que rindieran indagatoria por su presunta responsabilidad en el cargo de rebelión. Al evidenciarse las contradicciones de los testigos, la Fiscalía se abstuvo de emitir medida de aseguramiento, como correspondía.

A pesar de lo anterior, dice el fallo, el actuar de las entidades demandadas ocasionó un rompimiento legítimo de las cargas públicas que debe soportar cada ciudadano, generando a “los aquí demandantes un daño anormal, especial y grave, dado que, al no poderse desvirtuar su presunción de inocencia, no existe ningún título jurídico que pueda justificar, de manera definitiva, la privación provisional de su libertad”.

Por estas razones, el Consejo de Estado le ordenó a la Fiscalía reparar económicamente a las víctimas y emitir un comunicado en el que les ofrezcan excusas por el daño ocasionado.